Comunicado para clientes y distribuidores de NEO BUSINESS SOLUTIONS®
El pasado 10 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 164 la Ley 11/2021, de 9 de julio, BOE.es - BOE-A-2021-11473 Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego.
La conocida como Ley antifraude, trae una nueva obligación para las empresas y los autónomos, con el objetivo de no permitir la producción y tenencia de programas y sistemas informáticos que permitan la manipulación de los datos contables y de gestión.
- Se añade una nueva letra j) en el apartado 2 del artículo 29 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria, con la siguiente redacción:
«j) La obligación, por parte de los fabricantes, comercializadores y usuarios, de que los sistemas y programas informáticos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes desarrollen actividades económicas, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas mismos. Reglamentariamente se podrán establecer especificaciones técnicas que deban reunir dichos sistemas y programas, así como la obligación de que los mismos estén debidamente certificados y utilicen formatos estándar para su legibilidad.»
- Constituye infracción tributaria la fabricación, producción y comercialización de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión por parte de las personas o entidades que desarrollen actividades económicas, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:
- permitan llevar contabilidades distintas en los términos del artículo 200.1.d) de esta Ley.
- permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas.
- permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas.
- permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable.
- no cumplan con las especificaciones técnicas que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, así como su legibilidad por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria, en los términos del artículo 29.2.j) de esta Ley.
- no se certifiquen, estando obligado a ello por disposición reglamentaria, los sistemas fabricados, producidos o comercializados.
Así mismo se establece un plazo de entrada en vigor de 3 meses, que se hace efectivo el 11 de octubre de 2021, y también hace referencia a un régimen sancionador, tanto para el fabricante del sistema o programa, como para el usuario de los mismos y establece un grupo de infracciones tributarias y sus respectivas sanciones, que pueden llegar hasta los 150.000 euros para los fabricantes y comercializadores por cada ejercicio y programa vendido y de 50.000 euros para los usuarios finales, por la tenencia de programas informáticos que no se ajusten a las especificaciones indicadas.
En este contexto, desde NEO GRUP MANAGEMENT informamos que estamos trabajando en la próxima versión de nuestro software de gestión V2021.4.0, que será lanzada a mediados del mes de diciembre, para asegurarnos de que NEO BUSINESS SOLUTIONS cumple con todas las normativas expuestas anteriormente.
Y aunque se debe tener en cuenta que NEO BUSINESS SOLUTIONS se enlaza con software de terceros que quedan fuera de nuestra responsabilidad, garantizamos que esta nueva versión, permitirá acreditar la debida diligencia en el cumplimiento de la normativa expuesta y también respaldará el uso de esa versión de software y las sucesivas, por parte de nuestros clientes y su venta por parte de nuestros distribuidores.